lunes, 16 de octubre de 2006

B) Código técnico de la edificación: Ahorrro energético y seguridad contra incendios

El nuevo Código Técnico de la Edificación (CTE), establece las exigencias básicas de calidad, seguridad y habitabilidad de los edificios y sus instalaciones, para que el sector de la construcción -según el Ministerio de la Vivienda- "se adapte a la estrategia de sostenibilidad económica, energética y medioambiental que garantizará la existencia de unos edificios más seguros, más habitables, más sostenibles y de mayor calidad.”

Tras su entrada en vigor, España se sitúa entre las naciones más innovadoras en materia de edificación, cumpliendo las directivas europeas sobre calidad y eficiencia energética, y fomentando la innovación y el desarrollo tecnológico tanto en los procedimientos de edificación como en los materiales de la construcción, ya que con este Código se regulan las exigencias básicas para seguridad estructural, para seguridad en caso de incendio, para seguridad de utilización, para higiene, salud y protección del medio ambiente y para ahorro de energía.

Con respecto a la seguridad en los incendios: En el documento se establecen medidas para impedir la propagación de un incendio, tanto interior como exterior al edificio; se facilita la evacuación de ocupantes del edificio en condiciones de seguridad; se prevé la instalación de sistemas de detección, control y extinción; se mejora la intervención de los bomberos y se regula la resistencia al fuego de la estructura. Además, se establecen las condiciones de reacción y resistencia al fuego que deben cumplir los elementos constructivos.

Por otro lado, con el nuevo Código se potencia la construcción de edificios más sostenibles y eficientes energéticamente. El CTE tiene también como objetivo conseguir un uso racional de la energía necesaria para la utilización de los edificios, reduciendo su consumo energético y utilizando para ello fuentes de energía renovable. Así la normativa establece la obligación de incorporar criterios de eficiencia energética y el uso de energía solar, térmica o fotovoltaica en los nuevos edificios o en aquellos que se vayan a rehabilitar. El Documento Básico que lo regula contiene cuatro exigencias energéticas básicas: limitación de la demanda energética, donde se establecen los valores límite para los cerramientos de los edificios (fachadas, vidrios, cubiertas, etc.); eficiencia energética de las instalaciones de iluminación, donde se fijan por primera vez en la normativa española, unos requisitos a cumplir por estas instalaciones sobretodo para edificios del sector terciario; la exigencia relativa a la contribución solar mínima de agua caliente sanitaria obliga a que la producción de agua caliente sanitaria se realice con un aporte obligatorio de energía solar térmica que variará entre un 30% y un 70% en función del volumen diario previsto de agua caliente demandado; y la contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica, que establece que en los nuevos edificios del sector terciario de una determinada superficie (en el caso de las oficinas, por ejemplo, por encima de 4.000 m², una parte de las necesidades eléctricas sean cubiertas por energía solar generada por una instalación fotovoltaica). Según estimaciones del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), la implantación de las exigencias energéticas introducidas en el nuevo CTE supondrá, para cada edificio un ahorro de un 30-40% y una reducción de emisiones de CO2 por consumo de energía de un 40-55%.

Esperanza Gómez Valenzuela
Peralta Abogados (Peralta Abogados en un despacho de consutoría jurídica con presencia en Almería, Jaén y Granada. El derecho inmobiliario es su especialización).

Fuente: urbanoticias.com (09/10/06)

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