domingo, 29 de abril de 2007

Blog inmobiliario - San Fernando - Hasta 7.000 euros en ayudas para rehabilitar una vivienda

El día 11 de mayo acaba el plazo para los solicitantes de viviendas unifamiliares

Doce días quedan –una semana de días hábiles– para solicitar subvenciones para la rehabilitación de interiores de vivienda, tras el plazo abierto el pasado 11 de abril que se cerrará el día 11 del mes que viene, según recordó ayer la Empresa del Suelo Isleña SA (Esisa), encargada de tramitar las solicitudes a la Junta de Andalucía.

Se trata de un nuevo programa de rehabilitación que viene a proseguir la andadura de años anteriores, aunque pasó por un periodo en que San Fernando no estuvo incluida en las medidas autonómicas hasta la firma del último convenio entre el Ayuntamiento, a través de la empresa municipal, y la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
Así pues, los solicitantes de subvenciones deberán presentar la documentación requerida en las oficinas de Esisa, en la avenida San Juan Bosco, 46 (la Ronda del Estero, frente a la Piscina Municipal de la Magdalena), acreditando ingresos anuales familiares no superiores a 2,5 veces el IPREM, mientras las viviendas deberán tener antigüedad superior a 10 años, presentar características de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de las obras o que las adquiera con ellas y no estar calificadas fuera de ordenación. El tipo de solicitudes, los impresos y condiciones, se ofrecen en la misma oficina municipal a los solicitantes.

Entre 10.000 y 14.000 euros

El presupuesto de ejecución material por vivienda será como máximo de 10.000 euros o de 14.000 euros cuando las obras vayan destinadas a corregir las condiciones de seguridad estructural o constructiva de la vivienda o edificio y se podrán dirigir a una o varias de las finalidades marcadas por la normativa. Estas finalidades enmarca, entre otras, desde la estabilidad y seguridad estructural y constructiva hasta la estanqueidad frente a la lluvia, la mejora de las instalaciones de agua, gas, saneamiento o eléctricas o la supresión de humedades por capilaridad y condensación.
Además de la redacción del proyecto y la dirección de las obras los beneficiarios tendrán derecho a una subvención del 50 por ciento del presupuesto de contrata con un máximo de 5.000 euros. En el caso de obras de seguridad estructural y constructiva la mencionada subvención podrá alcanzar los 7.000 euros. El resto lo abonarán los promotores con sus recursos económicos o su trabajo personal.

Edificios residenciales

Si bien el programa prevé la posibilidad de ejecutar obras en zonas comunes, se han aprobado unos criterios de baremación de solicitudes remitidos desde la consejería en los que se da preferencia a las obras en interiores de vivienda, por lo que las comunidades deberán solicitar las ayudas a través de otros programas, como el de Rehabilitación de Edificios Residenciales y la mejora de sus dotaciones.
En este caso, los solicitantes pueden ser personas física o jurídicas –esto es, la comunidad de vecinos, por ejemplo– propietarias de edificios plurifamiliares en alquiler y comunidades de propietarios o asociaciones de vecinos en las que al menos el 50 por ciento de las unidades familiares residentes tengan ingresos anuales corregidos no superiores a 2,5 veces el IPREM.En estos casos, los edificios deberán tener antigüedad superior a 10 años y entre otras características contar con planta baja más tres si se van a instalar ascensores, que se incluyen en las medidas de eliminación de barreras arquitectónicas.
En este tipo de proyectos, el plazo para la presentación de las solicitudes y la documentación en la oficina de Empresa Pública del Suelo de Andalucía (EPSA) vence el día 31 de junio de 2007 por lo que deberá presentarse en las oficinas de Esisa al menos con diez días de antelación para compulsar, completar y presentar.

Ayudas para supresión de humedad o para la eliminación de barreras

En lo que se refiere a la rehabilitación de edificios comunes, como bloques de pisos, las obras se dirigirán sobre todo a finalidades que no sean la seguridad estructural del edificio; es decir, estanqueidad frente a la lluvia y supresión de humedades por capilaridad y condensación, supresión de barreras arquitectónicas y adecuación funcional a las necesidades de personas con discapacidad e instalación, renovación y mejora de los ascensores y sus condiciones de seguridad. El presupuesto máximo protegible (coste real) incluyendo el presupuesto de contrata y los tributos satisfechos no superará a los efectos de cálculo de la subvención los 10.000 euros por vivienda o 14.000 euros si es necesaria adecuación estructural del edificio. Las ayudas a percibir por la Comunidad son la asistencia técnica para la redacción del proyecto y dirección de obras y una subvención equivalente al 75 por ciento del presupuesto protegible o del 95 por ciento si los ingresos del 50por ciento de las unidades familiares residentes no supera 1,5 veces el IPREM. El resto deberá ser garantizado por los propietarios de cualquier modo admitido en derecho.

Estructuras de los edificios y casas desocupadas

Para el resto de obras en zonas comunes de edificios y en concreto las que se dirijan a conseguir la estabilidad y seguridad estructural y constructiva se aplicaría el programa de Rehabilitación de Edificios, que no tiene plazo tope de solicitud. En este caso el presupuesto máximo protegible (coste real) no superará los 6.000 euros por vivienda o local participante en los costes de la actuación. En obras dirigidas a conseguir la seguridad estructural o constructiva del edificio se podrán llegar a los 12.000 euros. Las ayudas a percibir por la Comunidad son la asistencia técnica para la redacción del proyecto y dirección de obras, o una ayuda equivalente al importe de dichos conceptos con límite de 700 euros por vivienda o local y una subvención equivalente al 75 por ciento del presupuesto protegible. En caso de edificios desocupados, el propietario podrá solicitar la calificación como vivienda protegida o incorporar las viviendas a la bolsa de alquiler durante al menos 5 años, en cuyo caso se le concederá la ayuda del 50 por ciento. Para la tramitación de todos los programas reseñados pueden personarse en las oficinas de Esisa, donde se les facilitará toda la información necesaria acompañada de la documentación precisa para la solicitud de ayudas.

Fuente: publicacionesdelsur.net (29/04/07)

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