Los intermediarios deberán contar con un seguro de responsabilidad civil
El Ministerio de Vivienda ha acelerado sus trabajos para cerrar antes de final de año una norma con la que luchar contra la especulación y las prácticas abusivas en la intermediación inmobiliaria. Se trata de un texto cuya fórmula legal está aún por definir, mediante el que se obligará a los intermediarios a inscribirse en un registro público y a contratar un elevado seguro de responsabilidad civil. El objetivo es multiplicar la seguridad jurídica de los ciudadanos. En caso de incumplimiento reiterado, las sanciones podrían llegar a los 30.000 euros.
La nueva norma servirá para desarrollar la ley con la que el anterior Gobierno liberalizó el sector en 2003. Ese texto abría la actividad a "personas físicas o jurídicas sin necesidad de estar en posesión de título alguno, ni de pertenencia a ningún colegio oficial, sin perjuicio de los requisitos que, por razones de protección a los consumidores, establezca la normativa reguladora de esta actividad". "No se trata de volver al régimen anterior, ni de exigir un título determinado a los que intervengan en la compra-venta de un piso, pero sí de que los ciudadanos tengan la máxima seguridad posible", apuntan fuentes gubernamentales.
La propia ministra de Vivienda, María Antonia Trujillo, se ha referido en numerosas ocasiones a este problema de una forma muy gráfica: "No es posible que en España una persona gane con una sola llamada de teléfono más dinero que un trabajador a lo largo de todo el año". Desde el Gobierno se resalta que no sólo las autoridades consideran urgente la intervención, sino que los propios agentes de la propiedad inmobiliaria (API) la entienden imprescindible.
El presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de API, Santiago Baena, asegura que "todos los días vemos auténticas barbaridades por parte de muchos aprovechados y no puede haber jugadores con las cartas marcadas". Baena recuerda que los 6.000 agentes que trabajan en España son un colectivo regulado, con unas tarifas públicas, inscritos en corporaciones de derecho público, sometidos a unos estatutos y con una formación que, como mínimo, es universitaria y se actualiza de forma constante.
Fuente: Consumer (06/08/2006)
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario